CONCEPTO TIEMPO MÁXIMO DE PERMANENCIA PORCENTAJE DEL I.N.S.S. PORCENTAJE EN CAJAMURCIA
INCAPACIDAD TEMPORAL (I.T.)
Por enfermedad común o accidente no laboral.
Suspensión del contrato de trabajo con la obligación de
cotizar a la Seguridad Social.
12 meses prorrogables a 18 y hasta 30 meses. Del día 4 al 20, el 60% de la base de cotización del mes
anterior a la baja.
Desde el día 21 en adelante, el 75% de la base de
cotización del mes anterior a la baja.
Los 12 primeros meses, el 100% del salario del mes
anterior a la baja. Los meses restantes, el 87,5%
MATERNIDAD
16 semanas, ampliables en dos semanas más a partir del segundo hijo. 100% de la base de cotización por contingencias comunes
del mes anterior a la baja.
El 100% del salario del mes anterior a la baja.
INCAPACIDAD PERMANENTE:
PERCEPCIÓN    
INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL (I.P.P.)
Implica la suspensión del contrato de trabajo.
INDEMNIZACIÓN 24 mensualidades de la Base Reguladora.  
INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL (I.P.T.)
Implica la extinción del contrato de trabajo.
14 PAGAS 55% de la Base Reguladora hasta los 55 años. 75% para mayores de 55 años y sin empleo. Prestación definida: complementa hasta el 55% del salario pensionable o 75% para mayores de 55 años, y así lo reconozca la Seguridad Social.
Prestación no definida: exceso del valor de los derechos consolidades del partícipe, una vez deducida la prestación
definida.
INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA (I.P.A.)
Implica la extinción del contrato de trabajo.
14 PAGAS 100% de la Base Reguladora. Prestación definida: complementa hasta el 100% del
salario pensionable.
Prestación no definida: igual que la anterior.
GRAN INVALIDEZ
Implica la extinción del contrato de trabajo.
14 PAGAS 150% de la Base Reguladora. Prestación definida: complementa hasta el 150% del
salario pensionable.
Prestación no definida: igual que la anterior.
VIUDEDAD
  14 PAGAS 52% de la Base Reguladora o 70% de la Base Reguladora si hay cargas familiares. Prestación definida: complementa hasta el 55% del salario pensionable.
Prestación no definida: igual que la anterior.
ORFANDAD
  14 PAGAS 20% de la Base Reguladora por hijo hasta los 22 años de edad o 24 años si es huérfano de padre y madre. Prestación definida: complementa hasta el 20% del salario pensionable y hasta los 25 años inclusive o vitalicia en caso de huérfanos incapacitados. Prestación no definida: igual que la anterior.