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“CAJAMURCIA Empleados”
Aún cuando las especificaciones del Plan pueden ser consultadas a través de Intranet, pero dada su amplitud y a veces complejidad, desde la Sección Sindical de UGT entendemos que la publicación de su boletín informativo, pueden ser un buen instrumento para hacer llegar a los empleados de la Caja y durante varios números, un resumen lo suficientemente comprensivo para todos de las características y contingencias que cubre nuestro Plan de Pensiones.
Cajamurcia Empleados. Fondo de Pensiones, se constituyó el 7 de noviembre del 2000 y fue inscrito el 19 de diciembre del 2000 en el Registro Administrativo de Fondos de Pensiones.
La gestión, administración y representación del Fondo está encomendada a CASER, siendo la Entidad Depositaria del Fondo CajaMurcia.
La comisión de gestión que cobra Caser está en función del patrimonio del Fondo de Pensiones y es según el siguiente cuadro:
| Tarifa |
Patrimonio del Fondo |
| 0,4% |
Hasta 3.005.061€ |
| 0,3% |
Por el exceso de 3.005.061€
hasta 9.015.182€ |
| 0,25% |
Por el exceso de 9.015.182€
hasta 30.050.605€ |
| 0,12% |
Por el exceso de 30.050.605€ |
La comisión de depósito que cobra Cajamurcia es del 0,1% sobre el valor nominal del patrimonio custodiado.
La titularidad de los recursos que cobra CajaMurcia es del 0,1% sobre el valor nominal del patrimonio custodido.
La titularidad de los recursos afectos al Fondo de Pensiones corresponde a los partícipes y beneficiarios del Plan de Pensiones integrado en el mismo.
El Plan de Pensiones CajaMurcia Empleados se configura como una institución de previsión de carácter privado, voluntario y libre que, en razón de sus sujetos constituyentes, se encuadra en la modalidad de sistema de empleo y, en razón de las obligaciones estiuadas, es un plan mixto: de aportación definida para la contingencia de jubilación y mixto para las de fallecimiento e invalidez.
De acuerdo con las especificaciones del Plan, las aportaciones al mismo serán efectuadas exclusivamente por el Promotor (CajaMurcia). Las cuantías de estas aportaciones definidas se obtendrán de la siguiente forma:
- Para los empleados ingresados con anterioridad al 29 de mayo de 1986, procedentes del Convenio Colectivo de Cajas de Ahorro, se obtendrá como producto del salario pensionable de cada partícipe por un porcentaje, que será del 5% durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2001 y el 31 de diciembre de 2005 y del 5,5% a partir del 1 de enero del 2006.
- Para los empleados procedentes del Convenio de Banca Privada, ingresados con anterioridad al 8 de marzo de 1980, se obtendrá como producto del salario pensionable de cada partícipe por un porcentaje, que es del 5%.
- Para los empleados procedentes del Convenio de Cajas de Ahorro ingresados después del 28 de mayo de 1986 y para los empleados procedentes de la Banca Privada ingresados con posterioridad al 8 de marzo de 1980 será, a partir del 1 de enero de 2001, de 721,21 euros, revalorizables con el I.P.C. en años sucesivos.
Se entiende por salario pensionable:
– Sueldo base (18.5 pagas).
– Antigüedad (18.5 pagas).
– Complemento de Ayuda Familiar (12 pagas).
Según el estudio realizado por un experto independiente, los derechos por servicios pasados reconocidos por el Promotor a 31 de diciembre de 2000 ascendían a 31.848.772,82e.
Con el objeto de transferir estos derechos por servicios pasados al Fondo, se elaboró un Plan de Reequilibrio Actuarial y Financiero, siendo sus principales características las siguientes:
- El trasvase de fondos constituidos para hacer frente a los derechos por servicios pasados, se realizará en un plazo de diez años, a partir del 1 de enero de 2001.
- La cuantía anual a aportar los años sucesivos será como mínimo la cantidad necesaria para que el importe transferido acumulado alcance un 10% de las cantidades reconocidas por cada año transcurrido desde la formalización del Plan, pudiendo el Promotor anticipar en cualquier momento la totalidad o parte de la deuda pendiente con el Plan.
- En caso de producirse alguna de las contingencias en el Plan, el Promotor aportará inmediatamente el importe de los derechos pendientes de trasvase para el participe generador de la prestación.
- Los saldos pendientes de trasvasar serán retribuidos desde el 1 de enero de 2001, trimestralmente a un tipo de interés anual del Euribor a 1 año.
En próximos números del boletín analizaremos las distintas contingencias cubiertas por el Plan como son jubilación, incapacidad, viudedad de activos, orfandad y a favor de familiares de activos y a favor de otros beneficiarios.
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